Tarifa plana para nuevos autónomos.
Desde el 1 de enero del 2018, la tarifa plana de 50€ para nuevos autónomos amplía su duración de 6 meses a 1 año.
Los nuevos autónomos (o los que no hayan estado dado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores al inicio de la actividad) podrán beneficiarse durante el primer año de actividad de la tarifa plana.
En los 12 meses inmediatamente posteriores, los autónomos también pueden beneficiarse de una serie de reducciones:
– Reducción del 50% sobre la base mínima del mes 12 al 18. La cuota mínima será de 139,45€/mes.
– Reducción del 30% sobre la base mínima del mes 18 al 24. La cuota mínima será de 195,23€/mes.
Jóvenes autónomos
Los hombres autónomos menores de 30 años y las mujeres autónomas menores de 35 años tienen derecho a una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a la finalización de la tarifa plana.
Esta bonificación es del 30% sobre la cuota por contingencias comunes resultante de la base mínima de cotización.
Autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género o terrorismo.
Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género, del terrorismo o posean una discapacidad superior al 33% y se den alta como autónomos, podrán disfrutar:
– Reducción del 80% de la base elegida o tarifa plana de 50 euros durante los 12 primeros meses.
– Reducción del 50% del mes 13 al 60 (48 meses).
Bonificaciones para autónomos colaboradores (familiares).
Los autónomos colaboradores familiares también poseen reducciones en la cuota:
– Reducción del 50% de la cuota de autónomos durante los 18 primeros meses.
– Reducción del 25% durante los 6 meses siguientes.
Bonificaciones para maternidad y paternidad.
Los trabajadores autónomos que se encuentren de baja durante la maternidad, paternidad, adopción, riesgo de embarazo o lactancia, disfrutarán de una bonificación del 100% en sus cuotas de autónomos.
Fuente: Boletic.es